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El Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF)

El IRPF es el impuesto directo más importante que los ciudadanos deben pagar anualmente
Por Brenda Zaniuk, en 25 de Septiembre de 2008

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El Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF) es el impuesto directo más importante que tienen los sistemas fiscales modernos para aplicar principios de capacidad económica, equidad, justicia y redistribución de la riqueza.

El IRPF constituye un impuesto directo que recae sobre la obtención de la renta de los ciudadanos, y está estrechamente relacionada con su poder adquisitivo.

Este impuesto se caracteriza porque atiende a las circunstancias personales y familiares de los ciudadanos para conocer su verdadera capacidad económica, se tiene en cuenta, por ejemplo, que se tengan o no hijos, personas a cargo, ancianos o que se sufran discapacidades físicas.

Una de las características de este impuesto es que tiene carácter progresivo, ya que el porcentaje que se aplica para determinar el impuesto que el ciudadano deberá pagar varía en forma más que proporcional a la variación de la renta que se grava y que se denomina “base imponible”.

Otras características del IRPF es que existen exenciones, reducciones y deducciones:

  • En primer lugar, existen mínimos exentos, que son el mínimo personal y familiar (artículo 41), que contemplan lo que se considera renta de subsistencia o cantidad necesaria para poder vivir. El mínimo familiar aumenta según el número de hijos o de personas discapacitadas que dependan del contribuyente.
  • Asimismo se persigue la individualización del Impuesto sobre la Renta a través de reducciones que se fijan en función de las circunstancias que se quieren favorecer. Las reducciones se aplican sobre la base imponible (la renta menos los gastos deducibles y menos el mínimo personal y familiar) y las más importantes, que se establecen en los artículos 51 y siguientes de la Ley, son las siguientes:
  1. Por rendimientos del trabajo: las personas que ganan menos dinero se reducen una cantidad mayor.
  2. Por cuidado de hijos: hay una reducción única por cada hijo menor de tres años.
  3. Por edad y por discapacidad: se la aplica el contribuyente cuando sea mayor de 65 años o discapacitado y también cuando dependan de él personas de esa edad o discapacitadas.
  4. Por aportaciones a planes de pensiones o a mutualidades de previsión social.

  • Tras la aplicación de un porcentaje que varía según una escala progresiva, más alto cuanto mayor sea la cantidad, del resultado se restan las deducciones establecidas el artículo 69 de la Ley, entre las que podemos destacar las siguientes:

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  1. Por inversión en la vivienda habitual: se puede practicar tanto por la compra como por la rehabilitación de la vivienda y también por las cantidades que se depositen en una cuenta destinada a la futura adquisición de la casa.
  2. Deducción por maternidad: para las mujeres que trabajen fuera de casa con hijos menores de tres años. Esta deducción se puede solicitar a la Agencia Tributaria de forma anticipada, cobrándola mes a mes.
  3. Por donativos a determinadas fundaciones y por inversiones y gastos en bienes de interés cultural.

Las Comunidades autónomas pueden establecer deducciones de conformidad con la Ley, que podrán aplicarse, además de las estatales, los contribuyentes que tengan su domicilio en la respectiva Comunidad.
La regulación de este impuesto se encuentra en el Ley 35/2006 de 28 de noviembre y Real Decreto 439/ 2007 de 30 de mayo.

Pero ¿qué es la Renta?

El fruto del trabajo y las actividades económicas (sueldos, salarios y otro tipo de rendimientos, como los de los profesionales independientes), los rendimientos del capital (intereses de cuentas corrientes, venta de acciones y otros valores) y las ganancias patrimoniales (artículo 6 y artículos 31 a 37 de la Ley) constituyen los principales bienes que son gravados por este impuesto.

Existen una serie de rentas que están exentas del impuesto, como es el caso de las pensiones de la Seguridad Social por incapacidad permanente absoluta, los premios literarios, las becas para estudios o ciertas prestaciones por desempleo, entre otras (artículo 7 Ley).

El impuesto que se deberá pagar estará dado por la renta neta anual de la persona; es decir que pagará impuestos por el patrimonio que calcule luego de deducir a sus activos los gastos necesarios para su obtención, como las cotizaciones a la Seguridad Social y por derechos pasivos.

¿Cómo se declara y paga el IRPF?

El Impuesto sobre la Renta debe ser declarado y autoliquidado por el mismo contribuyente, de manera anual en los meses de mayo-junio; así, en mayo de 2008 se debió liquidar el impuesto correspondiente al período 2007.

Pero no todas las personas tienen la obligación de declarar y pagar este impuesto, pues existe un mínimo imponible bajo el cual no se requiere el IRPF.

La Agencia Tributaria ayuda a los contribuyentes a realizar sus declaraciones y cumplimentar el pago del impuesto, proveyendo de manera telefónica y electrónica los datos fiscales propios que deben constar en la declaración, también se puede acudir a las oficinas de la Agencia para la confección de la declaración; de lo contrario, su presentación puede realizarse vía internet.

El Impuesto sobre la Renta que resulte de la declaración jurada se va pagando mes a mes a lo largo del año mediante las cantidades que nos retienen de la nómina; así es que al llegar el periodo de declaración en mayo-junio del año siguiente, el contribuyente deberá restar todo lo que se ha ido pagando durante el año en concepto de retenciones.

Al cabo de esa resta podrá tener un resultado negativo o positivo; si es negativo es porque se ha pagado de más y la Agencia Tributaria devolverá el pago en exceso, en cambio si es positivo, se deberá ingresar el monto resultante.

Fuente: Agencia Tributaria

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1 Comentario en “El Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF)”

1

hola
me gustaria saber cuanto me tienen que descontar de irpf por tener un conyuge y un hijo a mi cargo. Yo gano 1.100€. por favor si alguien me puede responder a mi pregunta haganlo. gracias

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